Tipos de Residencia
Estatus de Residencia para Extranjeros
Los Pensionados y rentistas puedan reclamar como dependientes suyos al cónyuge y los niños menores de 18 años. Un adolescente entre 18 y 25 años puede considerarse un dependiente si está matriculado en una universidad.
- Fuente de ingreso para Residente Pensionado - Ingreso mínimo de US$600 por mes (o equivalente) de un plan de retiro calificado o de una fuente de pensión de gobierno. El ingreso requirido debe ser únicamente del solicitante.
- Fuente de ingreso para Residente Rentista - Inversión en certificados de depósito o de una renta vitalicia que le proporcionará un ingreso de por lo menos US$1,000 por mes (US$12,000 por año). Una carta de una institución bancaria (en un país extranjero o en Costa Rica) que garantice lo siguiente:
1. Tener fondos suficientes en una cuenta estable y permanente que le proporcionará un ingreso de $US1,000 por mes durante los próximos cinco años. 2. Si las condiciones financieras anteriormente especificadas cambiaran, el Instituto Costarricense de Turismo será notificado. 3. El ingreso mensual será enviado al residente rentista en Costa Rica. 4. Los fondos correspondientes deben estar a nombre del solicitante.
- Los bancos de Costa Rica facilitan esta carta con todos los requisitos que solicita el gobierno si se realiza un depósito de $US60,000. Los Depósitos en bancos estatales de Costa Rica están garantizados y los intereses de los bancos están libres de impuestos.
- El Residente Rentista debe renovar su carta de ingresos cada cinco años.
1. Invertir al menos US$50,000 en turismo o en negocios de exportación; US$100,000 en un proyecto de refoerestación; o US$200,000 en otro tipo de negocio.
2. Estar seis meses al año en Costa Rica.
Estatus de Residencia Permanente
1. Después de dos años con el estatus de pensionado, rentista, o inversionista, se puede solicitar la residencia permanente en Costa Rica. Ésta por lo general no tiene restricciones, y permite trabajar. 2. Los ciudadanos de España pueden solicitar inmediatamente la residencia permanente. 3. Los residentes permanentes deben visitar Costa Rica por lo menos una vez cada año. 4. Se debe hacer un depósito de garantía de $US300 a favor del gobierno de Costa Rica.
Estatus de Residencia con vínculo costarricense
Si tiene familiares costarricences (padres, hermanos, hijos) puede solicitar inmediatamente la Residencia Permanente. De igual manera si está casado con un ciudadano costarricense.
Documentos Requiridos
Los primeros tres documentos son necesarios para todos tipos de residencias de Costa Rica.
1. Certificado de Policía. Certificado de buena conducta del último lugar donde residió. Válido solo por 6 meses. Requisito para el solicitante titular, el cónyuge, y para cualquier adolescente entre 18 a 25 años de edad. 2. Certificado de Nacimiento. Requisito para el solictante titular, el cónyuge y para todos los niños dependientes (Además de 18 a 25 años de edad si es estudiante universitario, se requiere del comprobante de matricula de la institución donde estudia). 3. Certificado de Matrimonio (Es necesaria si el cónyuge desea solicitar). La prueba de divorcio no se necesita. 4. Certificado de Ingresos tanto para Pensionados como para Rentistas (requisito solo para el solicitante titular).
Pensionados -comprobante de que recibe una pensión de por lo menos US$600 al mes, que indique que es de por vida, y que será enviada a Costa Rica. Las certificaciones de las pensiones del Seguro Social de los EE.UU. o de las pensiones de Canadá, son más fáciles de obtener ya sea en la Embajada de los EE.UU. o en la Embajada de Canadá en Costa Rica. (usted debe presentarles el documento que verifica su pensión.) Las pensiones que provengan de otros países deben indicar en el documento que recibe una pensión del gobierno. Las pensiones de otras instituciones deben traer una declaración donde se verifique el tipo de institución de donde se recibe. Rentistas - *SIN INFORMACIÓN*
Todos aquellos documentos de residencia antes mencionados (con excepción de los obtenidos en Costa Rica) DEBEN ESTAR:
a) Certificados por un notario público local si éstos no tienen sello oficial del gobierno. Si tiene duda en certificar o no el documento consulte con el consulado local de Costa Rica. b) Autenticados por el cónsul de Costa Rica en el país en donde el documento fue emitido.
Certificación: Su firma no debe aparecer en la certificación del documento. Autenticación: El cónsul de Costa Rica cobrará US$40 por la autenticación de cada documento. Éstos deben portar los timbres requiridos.
Otros requisitos para
Residencias de Pensionado y Rentista
1) El ingreso que perciban debe ser cambiado de dólares a colones en un banco del sistema bancario de Costa Rica
pensionadorentista US$7,200 por añoUS$12,000 por año 2) Permanecer en Costa Rica por un mínimo de 4 meses al año. 3) Renovar el carné de residencia cada dos años. Realizar un depósito a favor del gobierno de Costa Rica por US$100 en cada renovación. 4) Ni usted ni sus dependientes pueden ser remunerados con un salario u ocupar el lugar de un trabajador costarricense. Sin embargo, usted puede tener su propio negocio y pagarse usted mismo, de igual manera puede realizar inversiones.
Residencia de Inversionista
1). Se debe invertir al menos US$50,000 en negocios relacionados con turismo o de exportación; US$100,000 en un proyecto de reforestación; o US$200,000 en otro tipo de negocio. 2). Permanecer en Costa Rica por lo menos seis meses al año.
Traducciones de los documentos para obtener la residencia
Las traducciones de otros idiomas del español deben ser hechas por el consulado de Costa Rica en el país en donde el documento fue emitido o aquí en Costa Rica por un traductor oficial del idioma específico al español.. Las traducciones del idioma original al inglés no son válidas para el gobierno de Costa Rica.
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