Hola a todos,
Esta es la situación. Al empezar con el visado J1-Fulbright (con "two years rule") preguntamos esta question repetidas veces: Se puede pedir (sin muchos problemas) el waiver tras este visado. Las respuestas en ese momento (tanto de parte de España como de la embajada americana) siempre fueron positivas. De acuerdo, tocará hacer trámites (e-mail, teléfono, faxes... lo que sea), pero es posible.
Pero ahora (acabándose dicho visado) preguntas a la embajada de España en Washington y te cuentan:
"Los becarios Fullbright están sujetos a la regla de 2 años con cero o casi nulas posibilidades de que el DoS otorgue la dispensa."
De manera que en qué quedamas. Mi pregunta en el foro es: hay alguien que haya conseguido el waiver después de un J1-Fulbright?
Gracias


