Hola a todos, he buscado información en el foro, en la página del HMRC y aquí http://www.litrg.org.uk/low-income-workers/employed/checking-your-nic#Lucy pero no logro resolver mis dudas. Básicamente quiero saber cuándo se considera que empiezas a cotizar e UK, y dudas en hacerme autónomo.
Os cuento con detalle, he exportado el paro aquí a Inglaterra y a los días me ha surgido un trabajo que me reportaría 50 libras semanales. Es decir, está por debajo del umbral de 146 libras para pagar las tasas de la Clase 1. Estoy quiere decir, según leo, que debe ganarse más de estas 146 libras por semana para poder optar a pensión.
Mi primera duda, ¿entonces estaría cotizando cuando empiece el trabajo? Ya que de ser así tendría que saberlo para dar de baja la prestación. De no ser así, ¿tendría que esperar a por ejemplo trabajar más horas, con lo que superaría el umbral y podría ya cotizar?
Además, una de las veces en las que he estado en el job centre para arreglar papeles he leído sobre la income based jobseeker's allowance para gente que trabaja menos de 16 horas (sería el caso) con lo que a lo mejor podría complementar con esa ayuda mientras encuentro otro trabajo o me dan más responsabilidades en este.
Ahora bien, entonces con la ayuda ya pasaría el umbral y tedría que darme de baja? Sería incompatible que el sistema inglés me diera dinero, sin cortar los ingresos del sistema español no?
Por otro lado, estoy barajando la posibilidad de hacerme autónomo, porque me ha surgido oportunidad de hacer un par de proyectos por mi cuenta. Pero si lo hago, creo que cualquier prestación es incompatible no? En el caso de que me hiciera autónomo ahí no hay duda, pagado como Class 2 cotizaría y daba de baja la prestación por desempleo exportada.
Por lo que, mi segunda duda es si entonces merece la pena pedir esa ayuda si luego me la van a quitar cuando empiece de autónomo.. si es que no encuentro otro empleo antes que me reporte ingresos al principio para subsistir.
Tirar tiraré de ahorros como estoy haciendo, pero quiero saber si desde fuera veis cómo hacer una transición lo más fácil posible.
Gracias y perdón si os aburrí con mi puzzle!



Para quién le sirva. He estado buscando unas cosas:
"If you earn less than the lower earnings limit (currently £107/week), you do not pay NICs but you are not building up entitlement to the Basic State Pension.
Those earning between £107 per week (lower earnings limit) and £146 per week (primary threshold) will not pay NICs, but will be treated as having paid contributions for the purpose of their pension record."
Con lo que cuando empiece a trabajar no genero pensión.
Así que puedo pedir la JSA y según la página de 'direct.gov.uk':
"For each full week of your Jobseeker’s Allowance, you may
get National Insurance credits. These credits can help you get
other money in the future, such as State Pension."
Que según leo es la pensión básica, hay una Additional State Pension para gente por encima de las £5,564 al año. Así que supongo que el periodo en el que trabajara por debajo de ese umbral me cotizaría pero en "segunda división".
Nada más. El lunes me entero de todo en el job centre, y sigo actualizando el culebrón menos seguido desde "Paco y Veva". Saludos!
Super gracioso lo de Paco y Veva...yo vi los primeros capítulos, jaja
Yo tmbién pue un post de Auxiliar de Enfermería y no contestó ni Dios...no sé, debe ser que hay ciertos temas tabús...
Me interesa lo q dices pues nosotros nos vamos también, yo con trabajo y mi marido con el paro...¿esperaste el mes para poder hacerlo?
Me han dicho que allí los jobcenters funcionan muy bien y, vamos, que te llaman!
Si o es demasiado cotillear... de que te han llamado? Hablas Inglés?
Perdona tanta pregunta pero sabiendo que has pasado por lo mismo me vienen a la cabeza un millón más...
Yo no tenía ni idea de que puedes exportarlo y, si trabajas menos de ciertas horas, seguir cobrándolo... de hecho, me parecía raro que lo tuvieras que "parar" esos 3 meses que te exportan porque te salga un currillo de unas horas...
no creo que sean tabu, es que si la gente no tiene idea no se mete (supongo) pero me alegro que hayas solucionado la pregunta
A ver, yo ya estoy aquí, en Leeds, llevo poquito: 10 días. Arreglé lo de la exportación y justo me ha surgido el trabajo.
Es un trabajo de 4 u 8 horas cada domingo, como steward. Pero lo encontré por mi cuenta, no por el job centre. Mi inglés, no es para tirar cohetes, nivel de First, tuve otra estancia de unos meses en otra ciudad inglesa hace tiempo.
Y sí, técnicamente tendría que pararlo, ya que si empiezo a trabajar aquí y a cotizar (como supongo que lo haría al contribuir a la 'state pension' a través de la JSA -aunque ahí está mi duda-) debería darme de baja en el "sistema español" ya que me habría dado de alta en el "sistema inglés".
Aquí parece que se responde a eso otra vez: http://wiki.answers.com/Q/Income-based_job_seekers_allowance_Does_anyone...
Luego me queda saber qué día exacto tendría que notificar el cambio, si mi primer día de trabajo aquí (que realmente no aportaría a la 'state pension' pero a lo mejor es el que viene en la "vida laboral") o en el que me concedan la JSA.
@evamai sí, tienes que cumplir el requisito de llevar en España al menos un mes cobrando la prestación para poder exportarla. Es un poco infierno el papeleo que hay que hacer. Si no hubiera tenido el NIN de la vez que estuve (me lo saqué y al final no trabajé ni nada pero ya es tuyo para toda la vida) creo que no me da tiempo a presentarlo todo.
Te comento, debes entregar el papel que te da en tu oficia de empleo de España en la de aquí. Pero para eso tienes que tener el NIN antes. Para obtener el NIN tienes que pedir cita y hasta que te lo envían seguro que pasa la semana de límite que tienes para presentar el papel.
A lo mejor alguien más te puede orientar desde su experiencia de cómo lo hizo "desde cero", pero es un trámite que se hace complicado.
@babarruna74 sí, entiendo que es una pregunta muy específica. Siempre es mejor enterarme en el jobcentre, pero es por si alguien pudiera arrojar algo de luz al asunto.
Gracias por el interés a ambas :)
Pues me enteré ayer en el job centre. ME confirmaron que un trabajo por debajo del umbral (threshold) arriba comentado no genera créditos para la seguridad social (NI) de aquí.
Pero la JSA sí que lo hace, computándose el primer día de cotización en UK como el primer día de la JSA.
Despejada mi duda, no sé ahora si pedir la JSA y suspender la prestación española cuando me lo concedan o esperar a tener otro trabajo aquí que pueda aportar de por sí de cara a la cotización británica.
@sparkling creo que si no has cotizado aquí, no te daran las JSA. Si fuera tu, lo que haría es pillar el curro, porque por lo menos, podrías estar allí un tiempo, luego puedes conseguir otro trabajo, y te serviran las referencias de este. Si no cotizas nada, porque el salario es menos del mínimo a la semana, creo que esta en £107, pero luego encuentras algo con más hrs, mejor pagado, en unos años puedes ir pagando poco a poco lo que te has perdido.
@cierzo pero está la contributed JSA, que es cuando has cotizado; y la income based JSA que es si buscas trabajo o trabajas menos de 16 horas, que es a la que me refiero.
De todas maneras, sí, pienso empezar con el trabajo para ir teniendo experiencia, referencias en UK.
La cuestión es que tengo 2 meses y pico más de paro exportado y quería hacerlo de la manera e la que las cotizaciones no se solapasen. Y segú me han dicho en el job centre, como dices, con este trabajo no cotizaría, pero sí con la income based JSA.
@sparkling el JSA es diferente al Income support. Tu lo que necesitas es lo segundo.
@cierzo insisto que hay dos tipos de JSA.
Sacado de http://www.direct.gov.uk/prod_consum_dg/groups/dg_digitalassets/@dg/@en/...
"
There are two types of Jobseeker’s Allowance.
The first type is ‘contribution-based Jobseeker’s Allowance’.
You may be entitled to this if you’ve paid enough National
Insurance contributions in the last two complete tax years.
[..]
The second type is ‘income-based Jobseeker’s Allowance’. It’s
based on your income and savings.
[..]
"
por curiosidad, en cuanto tiempo te explicaron eso? porque yo admito que soy muy negada para esas cosas, voy con una pregunta asi y todavia me estan haciendo esquemas...
@sparkling Lo llaman "income based support", vamos que te dan algo extra para ayudarte a sobrevivir, porque entienden que con lo que ganas a la semana no vives.
El limite de £146 libras es para todos tus ingresos, y eso incluye el paro que cobras en Espana si estas trayendo el dinero a UK.
Si eres fiscalmente residente en UK, cobras el paro en Espana y te estas trayendo el dinero tienes que pagar impuestos aqui a no ser que no llegues al minimo. Las £50 adicionales o lo que te paguen por los proyectos son lena al fuego.
@babarruna74 pues nos costó entender a ambos lo que queríamos sí, tardamos bastante.
@cierzo http://www.spaniards.es/wiki/consejos-que-quereis-venir-reino-unido
Income based jobseeker's allowance - Si no trabajas y estas capacitado para trabajar y buscar empleo o trabajas menos de 16 horas y tienes ingresos y ahorros inferiores a cierta cantidad.
Income support - Si tienes entre 16 y no mas de 65 años, si tienes ingresos bajos y cualquiera de las siguientes: Padre o madre soltero/a, enfermo o discapacitado, cuidando a alguien enfermo o discapacitado, registrado ciego.
@josema0-0 claro, el caso sería suspeder el paro español, y entonces contarían mis ingresos de £50 libras a la semana más la JSA (si me la conceden) y a partir de ese momento cotizar, hasta encontrar un trabajo que me permita cotizar de por sí. Pese a estar exportado, el paro lo ingresan en cuenta española en euros, por cierto.
Si te traes las pelas que cobras en Espana a UK estas obligado a declararlo a Inland Revenue.
Si tus ingresos anuales fuera de UK son de mas de £2000 estas obligado a declararlo a IR.
Si tus ingresos anuales fuera de UK son menores de £2000 y no te los traes a UK, no estas obligado a declararlo a IR.
Otro tema es que te hagas el loco y cruces los dedos.