Estimados compatriotas:
Ley de Sanidad en vigor desde el pasado 26 de Abril de 2012
1.- Si tienes la Tarjeta Sanitaria Europea en Alemania o cualquier otro país
2.- no estas cobrando ninguna prestación (Paro, Ayuda, etc...)
3.- han pasado 3 meses desde que estuviste de alta en la Seguridad Social
4.- tienes mas de 26 años.
ENHORABUENA!!!
Puedes coger la TSE y ponerla en un marquito mu bonito, pero no esperes que te cubra de absolutamente nada. Ni siendo beneficiario de tus padres.



¿Sabes en qué casos era válida la TSE anteriormente?
- Siendo estudiante
- Habiendo exportado el paro
- Estando de turismo, por un máximo de 3 meses
Además, anteriormente, para estar de beneficiario de los padres, se tenía que estar viviendo con ellos, a no ser que se tratara de un estudiante de Erasmus, por ejemplo.
Sinceramente, poner aquí un mensaje con una interpretación parcial de la nueva ley y sin conocer la anterior... ejem, ejem...
Ah! Se me olvidaba! Antes (aún no tengo claro cómo es ahora), un parado podía solicitar irse de vacaciones 15 días, durante los cuales la TSE cubriría. Requisito: Solicitar permiso a las autoridades correspondientes.
La ley siempre ha dejado las cosas claras. Otra cosa, es que nosotros la desconociéramos.
Osea, que para nosotros no a cambiado nada o como va?
La TSE sigue cubriendo entonces o no ?
Sigue sin cubrir, más bien, a no ser que tengas exportado el paro o lleves menos de tres meses aquí de turismo.
pero como pretende la gente vivir en Alemania y seguir chupando de la TSE de España? cuando aterrizáis aqui con la intención de quedaros, es decir, no simple turismo...empezad a pagar un seguro!!!
faltaría mas...
el dia que no sdemos cuenta de que la sanidad hay que pagarla, que no es algo que viene de la nada, y mucho menos de que...ale! por tener una nacionalidad ya nos corresponde, las cosas nos irán mejor...
Hola a tod@s! Esto no va con segundas, pero creo que antes de lanzar especulaciones de todo tipo, y ante los distintos casos que puede haber me parece lo más sensato (y riguroso) leer DIRECTAMENTE la ley en cuestión:
www.boe.es/boe/dias/2012/04/24/pdfs/BOE-A-2012-5403.pdf
PD: Quizá sea una molestia o engorro tomarse el tiempo para hacerlo. Pero al menos evita habladurías, equivocos y/o falsas interpretaciones por parte de nadie. Algo que parece ser es uno de los deportes nacionales espanoles (entre otros...)
Se acabó la barra libre :pppppp
Gracias por el enlace ;)))
Que se la lea uno y lo explique a los demás...
Que barra libre ? Mi novia tiene 20 años, su padre le paga su parte del seguro familiar, como me lo hacian a mi hasta que empeze a trajar. Aqui la familienkasse tambien existe, no es que sea un invento made in Spain.
Aqui, en todas las Kassen, no nos han dicho nunca nada, para algo paga su parte en España. Lo que si, es que cuando empieze a trabajar aqui, tiene que solicitar una caja alemana, nada mas, hasta donde yo se
Pues yo entiendo con este párrafo, que nada va a cambiar: "El derecho a la protección de la salud de los españoles residentes en el exterior se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior y su normativa de desarrollo."
@DaviFerPonce es la frase de Sorayita ;)
No se quien es Sorayita xD
joer ... la vice ....
Entonces, illu, sácame de una duda que tengo, por favor:
Si yo ahora, teniendo más de 26 años, y estando cotizando actualmente en España como autónomo, me doy de baja para irme a Suecia a estudiar un máster (tal como he sido aceptado), ¿tengo derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea?
¿Entregando la matrícula de la universidad sueca en una oficina de la Seg. Social aquí en España sería prueba suficiente? ¿O pasado los 26 años y queriéndome ir a estudiar fuera he de pagarme un seguro privado?
No sé, yo tengo sacada la TSE desde hace 6 meses, y en Agosto me iré a Suecia a estudiar, y ya tengo temor de qué me diran en la Seg. Social cuando vaya a arreglar los papeles.
Perdonad, pero no suelo tutearla, para mi es la rancia con cara de oler mierda junto a mi amigo el Sr.ESH
@BastianSchalk: No lo sé... :-/
Yo leí que los mayores de 26 años tenían que hacer más burocracia para tener acceso a la sanidad. Pero más no sé.
Si te informas, por favor, pasa por el foro y cuéntanos qué te han dicho..
Yo puedo contar mi experiencia: dejé el trabajo para venirme a Alemania y cuál no fue mi sorpresa cuando al ir a pedir la tarjeta sanitaria me dijeron que, aunque había cotizado diez años, al no tener trabajo, después de tres meses no estás cubierto, ni en España. Tienes que solicitar ayuda para personas sin recursos (si no los tienes). Y claro, que de TSE nada. Así que yo no me haría muchas ilusiones
Pero vamos a ver. La TSE NO CUBRE LA ASISTENCIA EN ALEMANIA, pasados tres meses desde el último día de cotización en España, siendo autónomo o en el régimen general de la seguridad social. Alternativa: Seguro. ¿Cómo? pues te vas a una aseguradora en España por ejemplo y les dices que quieres un seguro de asistencia sanitaria en Alemania, lo pagas y listo. Quiero decir con esto que si el último día de cotización en España, por ejemplo, fue el 31 de enero y estás en Alemania (y no digamos si te has registrado en el ayuntamiento - Anmeldung) a día de hoy, 12 de mayo, si te caes de la bici y te rompes un brazo y vas al hospital pagarás hasta el último céntimo de la intervención sanitaria. En caso de tener seguro español, pagarás aquí y te lo reembolsarán al presentar la factura.
No entiendo como algo tan básico puede generar tanta confusión. Si no cotizas, no tienes derecho a asistencia en el extranjero. Es muy simple.
Espero que de una vez quede claro.
Saludos
He puesto el ejemplo de la bici porque en Alemania todos nos vamos al Flohmarkt a por una de 40 euros y luego no somos conscientes de que podemos tener una caída o accidente con fuerte repercusión económica para nuestro bolsillo si no estamos cubiertos.
@Miguel75 Tienes razón, pero hay que recordar que hace unos años te metías como beneficiario de un familiar (padre o madre), y entonces ya podías irte tranquilo, que te cubría. Está claro que aquello era una situación un tanto "alegal", pero funcionaba.
¿Cuando comenzó todo esto?
Yo aún pensaba que por ser europeo te daban asistencia gratuita en Europa. Claro que la última vez que visité un médico debió ser cuando Franco era cabo.
¿Europa se está desmoronando?
@weissaut Tu desde cuando crees que España a pertenecido a Europa?
Nunca.
Ayer fui a la AOK para ver si de verdad dejaba de tener seguridad social aqui. Y no, seguimos iguales hasta donde me explico la encargada de la AOK europea, esta en Alexanderplatz por si necesitais ir algun dia. Según lo que me explico, al estar mi suegro cotizando tambien por mi señora en España, lo que viene siendo el seguro familiar, ella sigue cubierta. Esto le vale hasta cumplir los 26 años, osea hasta los 25 y 364 dias.
@DaviFerPonce para ser beneficiario de alguien tiene que haber convivencia y dependencia económica. Es decir, tu chica debería vivir con su padre y de su sueldo.
@ReinaAmidala pues ya me dirás el vive en Malaga.
Pero igulamente, yo cuando era chico, me fui con mi madre a España antes de que viniera mi padre y tambien vivia en ese regimen, el cotizando aqui por mi y yo en España con la tarjeta andaluza de persona de bajo recursos, no se porque nunca me quisieron dar la normal pero bueno. Anda que no habré ido yo a pelear al SAS alli en Malaga, para nada, porque cada vez te dicen algo diferente. Aqui lo que nos dijeron ayer fue lo mismo, que hasta que no tenga trabajo aqui, utilize esa tarjeta que no vence hasta el 2013, si empezará a trabajar, que será en verano imagino, tiene ya que pasarse a una KK alemana.
Bueno, de esto ya se hablado por activa y por pasiva en el foro ... según el reglamento de la SS tiene que haber dependencia económica y convivencia familiar (a no ser que seas estudiante).
En Alemania se la piiiiiiii donde estés asegurado mientras tengas un seguro. Es decir, siempre te dirán que la TSE es válida y que estás cubierto. El problema vendrá cuando en España se empiecen a poner serios con este tema.
Y siendo como son... les gusta más empezar a buscar basura entre la clase media y baja, que la alta...
De ahí la importancia de asesorarse BIEN, sin fiarse lo que diga una alemana que... ¿se conoce la normativa de TODOS los países?
No porsupuesto que no, pero me lo da por escrito, es algo mas de lo que me da mirar el BOE y sacar mis propias conslusiones. El problema es, a quien le pregunto yo, que me diga la verdad, por escrito si puede ser y que no se lo este marcando como se lo llevan marcando años mis amigos los de la SS
@Reinaamidala
Convivencia significa estar empadronados en el mismo domicilio. La Seguridad Social no va a ponerse a investigar si vives o no vives ahí, es un puro trámite administrativo.
Actualizo con novedades:
Mandé un mail a la Seg. Social planteándoles mi futuro problema, a ver qué soluciones me daban. Hoy me han llamado por teléfono para aclararme la situación.
Como recordatorio de mi caso, yo me voy a estudiar un máster a Suecia en Agosto, y tengo 29 años. Ahora mismo estoy cotizando como autónomo
Respuesta: Para los mayores de 26 años, en el momento que dejas de cotizar, tienes 3 meses de cobertura médica. Después, y SOLO para España, podrías declararte como "persona de pocos recursos" (con estar apuntado al paro es suficiente) y seguir cubierto. Es decir, en España nadie se vería sin cobertura.
Ahora, en el caso que te vayas a Europa sólo te dan 3 meses.
Yo le he recalcado que voy a estudiar un máster universitario, y me ha dicho que en ese caso se estaría cubierto hasta los 28 años (yo tengo 29, como tal, ¡naranjas de la China!).
Le he preguntado lo de meterse como beneficiario del padre/madre. Me ha dicho que ya no se puede (para mayores de 26). Le he preguntado si antes se podía. Me ha dicho que sí, pero que ahora ya no (gracias PP! ¬¬).
Sin embargo, el hombre me ha recalcado varias veces lo de "estate atento a las noticias por si la ley cambiara".
Al final me ha dicho que la única solución que tengo es contratar un seguro médico privado para estudiantes.
El hombre, por cierto, ha estado muy atento y receptivo.
Así que, así están las cosas!
Si no fuera por esta ley, yo me hubiera metido como beneficiario de mi padre nuevamente, y me hubiera ido tranquilo a Suecia a estudiar el máster. Ahora, sin embargo, hay que pasar por caja (supongo que los de los Seguros Privados también tendrán que comer! xD)
@BastianSchalk gracias por la info, seguro que a muchos les sirve de ayuda ;)
Espero que los seguros privados para estudiantes no sean muy carillos.
@Bastianschalk, pues a mi eso no me lo han aplicado por si te sirve de algo y puedes hacer lo mismo que yo, a ver yo tengo 40 años y acabo de pasar de ser beneficiaria de mi padre ( que ha fallecido) a mi madre, que ahora es viuda, ¿problemas? ni uno, papeles, pues el libro de familia y el DNI de mi madre, tiempo, 20 minutos. Mi situación en España, parada, pero ojo por que me obligaron a darme de alta en el paro para otro papel y eso que le dije al payo que yo vivía fuera. El tema esta en NO registrarse como residente, la ley del 2006 lo que dice es que el estado garantiza el derecho a que haga los convenios necesarios para obtener los mismos derechos sanitarios que un nacional del pais donde residimos o nos proporcione dicha igualdad.
Si os leeis la ley, tenemos mas derechos de los que nos dan pero la unica forma de reclamarlos es la contencioso administrativa y en mi experiencia personal eso son unos 12 años pleiteando.
La TSE vale para lo que vale, urgencias, tipo me he roto una pierna, no cubre el tratamiento posterior a la rotura, eso sale de tu bolsillo, vamos que cubre la escayola pero no las revisiones. Ninguna enfermedad cronica ni farmacologia ni seguimiento.
Perdona se me olvido, esto lo he hecho hace una semana en la Comunidad andaluza.
Hola a todos,
Yo tengo 31 años, en paro desde diciembre (sin cobrar prestación) y también estoy tramitando el tema de la TSE.
Pues bien, hoy mismo me han pasado sin problema a beneficiario de mis padres y me han solicitado la TSE. Pregunté bien si se podía hacer y me aseguraron que en mi caso si, de forma un poco borde.
Después tuve que ir al centro de salud a pedir que me diesen la tarjeta sanitaria del sergas (soy gallego) y allí me explicaron que la nueva ley no permite ponerse como beneficiario de tus padres si tu última cotización proviene de una prestación, pero como en mi caso mi última cotización proviene de un contrato laboral no hay problema.
Otra cosa que me dijeron en la SS es que la TSE me dará cobertura en Alemania (me voy a Alemania) durante dos años porque estoy como beneficiario de mis padres. En este punto tengo muchas dudas y creo que cuando pasen los tres meses desde que llegue allí me buscaré otra solución.
Un saludo
Cuidado!
Supuestamente la nueva ley se empieza a aplicar en verano (por un lado he leido que a partir del 31 de Julio... por otro que a partir del 31 de Agosto)!!!
Por eso los que habéis hecho los trámites estos días aún podéis meteros como beneficiarios de vuestros padres.
A mi el hombre de la Seg. Social me preguntó cuando me iba a dar de baja como autónomo, y cuando le dije que para julio-agosto, fue cuando me dijo que ya no se podría (y por eso mismo me insistió en "tú estate atento a las noticias", no vaya a ser que de aquí a verano, cuando finalmente la ley se ponga en vigencia, haya cambios o incluso no se llegue a aplicar... aunque lo dudo).
Yo, de todas formas, cuando vaya a hacer los trámites, preguntaré nuevamente, como el que no sabe nada, y pediré meterme como beneficiario de mi padre. ¿Que me dicen que no? Pues nada, a un seguro privado.
@NikitaVV a ver si me aclaro... Yo fui a urgencias un dia y después el médico me dió fecha para una consulta para hacerme unos análisis y 3 meses después volví para ver los resultados. Conforme tu dices... estas dos ultimas consultas no me las cubre la TSE??? Yo la presenté en el hospital y sin problemas... Me la van a liar por eso?? estoy intentando buscar información, pero no encuentro nada claro, voy a ponerme en serio a ver... :S
@simsim
La normativa todavía no ha entrado en vigor, de hecho esta semana han empezado con un nuevo borrador de la regulación sobre el tema. Parece que ahora todos los mayores de 26 años que ingresen menos de 100.000 € al año van a estar cubiertos sin importar si cotizan o no, así que tranquila y estate atenta a ver cómo lo regulan. Tiene 6 meses desde que salió el decreto, pero lo más seguro que para Septiembre ya esté regulado.
Suerte!
@buchan ok, gracias :)
@simsim, creo con una seguridad del 90% que si los analisis son consecuencia de tu ingreso por urgencias tambien estan cubiertos por la TSE, seguramente me explicado fatal con lo de las revisiones posteriores no me refiero hasta que te quitan la escayola, me referia a que si te quedas tocada no lo cubre. Osea si se hace cronico ¿se entiende mejor asi o sigo explicandome como un libro cerrado? :)
@NikitaVV si si, te explicaste muy bien ;) de todas formas mi madre desde España está "investigando" para estar seguras, porque el tema está en que en agosto cumplo los 26 y quiero estar tranquila y saber si me cubre como dicen si ingreso menos de 100.000€/año, si cubre hasta tres meses después, etc etc... Thanksssssss!!! :)
Buenas gente!!!! alguien sabe los desempleados que tenemos que paralizar la prestación contributiva para ir a estudiar al extranjero si podemos sacarnos la tarjeta sanitaria europea???? dura sólo tres meses ? gracias!
No te preocupes, como conte yo tengo 40 y le pregunte a la señora que pasaria si no pudiera ser beneficiaria de mi madre, si no tienes ingresos pasas a ser,no se su nombre correcto, pero algo asi como pobre de solemnidad o persona con pocos recursos, asi que consigues un certificado de tu comunidad y con eso te hacen una tarjeta para ti sola. Si no tienes ingresos segun me explico la de las SS esta esa via para estar cubierta sin necesidad de estar de beneficiaria de tus padres.
Dudo que puedan aplicar esto con caracter retroactivo, en teoria las leyes nunca pueden ser retroactivas cuando cercenan un derecho, pero como todos sabemos una cosa es lo que dice la ley y otra lo que se hace o la interpretacion que se le da.
ya, pero no es el caso de no tener ingresos sino que la prestación por norma se tiene que parar a no ser que vayas a trabajar que no es mi caso de momento, al ir a estudiar la tengo que parar y luego reanundar, entonces hay un periodo ahí muerto en el que no sé cómo decir cuando vaya a pedir la tarjeta sanitaria europea, tendré que decir que la quiero pedir pero que tengo que parar el desempleo imagino que como yo habrá mucha gente que lo hace, digo yo.. jejeje porque si no comunico que la paro me daran como si estuviera exportando la prestacion y no es el caso.
Cuando no tienes desempleo (por pararlo, o agotarlo), tampoco tienes la tarjeta sanitaria después de tres meses. Como estudiante debes pagarte tu seguro médico en Alemania. A precio apañado para estudiantes, pero te lo tienes que pagar.
Aún en el caso de que te acogieses a la sanidad para personas sin recursos, como te cuenta @NikitaVV, cuando te vas de España sólo te cubre de turismo, con un máximo de tres meses. Es decir, en cualquier caso, si vives en otro país (y ma´s de 3 meses se considera vivir), te apañas con el sistema de ese país. Y en Alemania, hay que pagar.
y eso no se renueva?? es decir si yo me saco esta que dura tres meses ahora y retraso mi salida un mes, despues se puede renovar para tener tres meses?
No es que la tarjeta dure tres meses en sí, es que tiene una validez de tres meses en el extranjero. Y desde que paras el subsidio, tres meses. Porque sólo te cubre tres meses después de dejar de cotizar. Los tres meses de una cosa o los de otra son independientes: en el extranjero estás cubierto sólo tres meses si estuvieses cubierto indefinidamente en España. Y en España estás cubierto sólo tres meses desde que dejas de cotizar, después hay que solicitar ayuda para personas sin recursos
@parracule pues yo he ido al médico con la tse aqui, y entre una consulta y otra han sido más de tres meses... me la van a liar???
@simsim estás estudiando? Si estás estudiando y lo puedes demostrar, entonces no tendrás problemas.
Suerte!
@buchan estoy con una beca haciendo prácticas... estudiando no :S