Hola a todos! Queria haceros una pregunta. Llevo 3 años en holanda, inscrito en el ayuntamiento de goirle, pero trabajando en Tilburg. El caso es que algun conocido me ha recomendado inscribirme en consulado español en amsterdam. Por que deberia hacerlo? De que me sirve?
Muchas gracias por adelantado!



Hola de nuevo! Inscribirte en el consulado es una forma de registro de los españoles en Holanda. Para lo único que sirve es para cuando hay elecciones, ya que te mandan la documentación por correo y votas por correo o en el consulado. Lo de inscribirte no es obligatorio, creo, pero puede ser de utilidad si cambias de estado civil o tienes hijos ya que te tramitarán el libro de familia. Si te vas a inscribir tendrás que ir a A'dam con tu DNI o pasaporte, foto y un papel que pruebe tu dirección, puede ser el contrato de alquiler, de trabajo, la tarjeta del seguro médico o un certificado del ayto donde estés inscrito (esto vale unos 10 euros).
@vlinder lo de registrarse en el consulado, si no me confundo, es obligatorio... y recomendable
Lee:
http://www.maec.es/es/menuppal/consulares/serviciosconsulares/espanolese... en el extranjero
Lo de ser obligatorio me parece un poco excesivo. Cuando fui a inscribirme a mi misma y a mis hijos no me inscribieron a la niña porque no llevaba una foto de ella, así que tan obligatorio no será.
Entiendo que cuando se vive en otros países fuera de la Unión Europea el trámite sea más recomendable, pero dentro de la EU es una mera burocracia.
@vlinder lee lo que pone ahí, y saca tus conclusiones. A mi me da igual, yo no me he registrado, y asi sigo.
Si tienes que renovar pasaporte tienes que estar inscrito, sí o sí.
Esta es una de las cosas que los que vivimos fuera no tenemos muy claras, pero sí que es verdad que es una obligación y un deber.
Por ejemplo, donde vivo si hay algún terremoto como pasó en ChCh, estando la lista está actualizada saben con certeza quiénes están y quienes no para poder contactar o localizarlos más fácilmente sus familiares. Había gente que no había pasado por el consulado y la familia llamaba a la Embajada y no podían decirles nada porque ni siquiera estaban inscritos. También en el caso que tengas que volver a España para justificar el tiempo que has estado fuera ante diferentes organismos en calidad de emigrante retornado (sanidad, hacienda, seguridad social etc) y poder traer enseres sin pagar aduana, por ejemplo.
Por otro lado y como anécdota comentar que durante los periodos electorales te puedes "librar" de estar en alguna mesa electoral, porque si te llaman y no te presentas pueden haber multas, aunque estés de suplente del suplente.
En otros hilos se ha hablado de algunas cosas, os dejo los enlaces por si encontrárais algo útil:
http://www.spaniards.es/foros/2011/09/08/asistencia-sanitaria-para-inmig...
http://www.spaniards.es/node/2391
Saludos.
@Liutorable si te llaman tienen que darte una notificación en mano, no pueden dejar un aviso ni nada, tiene que ser en mano (El ayuntamiento de Palma me lo confirmo, cuando les llame porque tenia un viaje previsto para las fechas de las elecciones de mayo del año pasado, no se ni cuales eran), y si no te la entregan no estas notificado y no hay multa.
Pues entonces mejor que mejor:) @tolousse
Por aquí han escrito algún que otro post pidiendo consejo acerca de qué hacer... si ir o no ir ya dado el aviso, porque estaban fuera (erasmus, trabajo, etc) y por lo que cuentas, alguien les había recogido la notificación.
Por si acaso dejo este enlace para guía:
http://www.portalelectoral.es/content/view/970/75/
Que pregunten a la gente que vive en Japón de que les sirvió estar registrados en la embajada cuando lo de la alarma nuclear...por aquí y por los blogs había montones de mensajes de españoles que decían que la embajada no sólo no les habían llamado, sino que tampoco les cogían las llamadas...pues eso, que si se rompen los diques en Holanda confío más en mi capacidad para nadar que en que mi embajada mueva un dedo
@Pelocha jajajaj me encanta tu sarcasmo, jajaja... pero es verdad que hay cada uno por los consulados y embajadas. Aquí nos han quitado al embajador, que por lo menos hablaba inglés y nos han mandado a Mr Manda Huevos, con un par.
Al que empezó este hilo. Pues eso, que es obligatorio. Que hay dos registros, el de residentes permanentes y el de no permanentes, depende de tu caso te recomendaran uno u otro. Con el registro, pues eso, te vale para poder renovar el pasaporte, y también para votar, o por correo, o llevando tu voto al consulado. Registro de matrimonios, nacimientos, defunciones, etc.
@cierzo, en la vida, permanente solo es la muerte :)(y que valga la paradoja).
Yo no sé si tiene que ver el hecho de que aquí el personal del consulado sea parco, seco y nunca saben de nada mas que las cuatro cosas que se mencionan mas arriba. O sea, que una visita al dentista es más agradable...
Aquí el personal de la embajada es muy amable y no tengo queja. No se en Japón, pero cuando el terremoto de ChCh cumplieron muy bien con sus funciones. Incluso se preocuparon por gente que no estaba dada de baja, los buscaron porque los familiares preguntaron y luego resulta que ya se habían ido. Que en uno no lo haga bien no significa que todos lo hagan mal, creo yo. Siempre hay que dar un margen de confianza...
Además, muchas veces y por los hilos que he leído que les piden cosas que no están dentro de sus funciones porque la gente no sabe para qué está un consulado (como entregar allí la declaración de la renta) y luego a raíz de eso dicen que no valen para nada. Pero bueno; eso ya va a gustos.
Yo a veces también me he encontrado personal desagradable en otras embajadas, pero también tengo que decir que en vez de "sacr la pistola y disparar" directamente me he comportado con educación y al final también ellos lo han hecho así conmigo.
@vlinder no se a que viene tu comentario, si es en plan de broma, vale, pero es que así se llaman los registros de los consulados españoles.
@Liutorable me imagino que en NZ, como la colonia española es pequeña relativamente es mucho más fácil de manejar. Pero vamos me han tocado un par de sras impresentables en el consulado de Londres, que en vez de estar haciendo su trabajo, estaban en el tlf hablando seguramente con España, y encima nada de lo que hablaba era trabajo consular, sino diciendole a fulanita, lo que hacia con las judias, y cuanto las tenía que poner en remojo. Esto encima cuando acababan de abrir, y ya se empezaba a montar cola, y la tia de palique, y encima le jodió que le diera varios toques a la ventanilla.
@cierzo, pues si, es en plan broma, no te mosquees. Es que yo era residente permanente hasta que dejé de serlo porque me fui, solo eso.
Residente y no residente si, pero lo de residente no permanente no lo había escuchado nunca...
Extraido de "http://www.maec.es/es/menuppal/consulares/serviciosconsulares/espanolesenelextranjero/Paginas/espanoles-extranjero.aspx":
"Puede inscribirse en el registro de matrícula consular correspondiente como no residente" <--- habla de "NO RESIDENTE" pero no nombra "RESIDENTE NO PERMANENTE" donde se entiende los "NO RESIDENTES" como aquellos que viajan como turistas, los que no tienen residencia legal en el país aunque pasen largas temporadas, etc)
@tolousse los no permanentes es para los que estan de paso, gente currando con contratos de 2 años, estudiantes, porque si te registras como permanente te desempadronan en España, sin embargo si estas registrado en el otro registro, no lo hacen.
nscripción consular
Los españoles residentes en el extranjero deben inscribirse en el Registro de Matrícula Consular correspondiente a la demarcación en la que tienen su domicilio. La inscripción les permitirá renovar su documentación, poder acreditar que se es residente en el extranjero y participar en los procesos electorales que se convocan en España, así como solicitar asistencia consular ante situaciones de necesidad.
Para inscribirse deben acudir a la Oficina Consular en cuya demarcación residen, acreditar su identidad y nacionalidad española con la documentación correspondiente y rellenar una ficha con sus datos entregando una fotografía.
Es muy importante tener en cuenta que si en el futuro un español residente en el extranjero cambia de domicilio, debe comunicarlo al Consulado, para que su inscripción tenga permanentemente los datos actualizados.
Aunque no es obligatorio, se aconseja a los españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero que se inscriban en el Registro de Matrícula Consular correspondiente al lugar donde se encuentran como "no residentes", especialmente en países con riesgo de catástrofes naturales o que sufren inestabilidad política, para permitir que en caso de activarse programas de emergencia se pueda contactar por parte del Consulado con todos los españoles de la demarcación consular.
También se aconseja a los jóvenes estudiantes que realicen cursos en el extranjero o se desplazan al exterior durante una temporada que se inscriban como "no residentes" en el Consulado correspondiente. Dicha inscripción permitirá en caso de necesidad que las familias puedan contactar con sus hijos a través del Consulado. También es conveniente la inscripción para facilitar la sustitución de la documentación si se produjera el robo o la pérdida del pasaporte, pues al estar previamente identificados y constar la documentación que tenía al llegar, el Consulado tiene todos los elementos para poder documentar a quien ha sido víctima del robo de su pasaporte (en este caso deberá siempre denunciarse el robo o la pérdida del pasaporte ante la policía local del país donde se encuentre).
http://www.maec.es/SUBWEBS/CONSULADOS/LONDRES/ES/MENUPPAL/SERVICIOSCONSU...
@cierzo a ver... Residentes y no Residentes, eso de no permanentes, no lo veo en ningun lado.
@tolousse no residentes = residentes no permanentes/de paso/ estudiando que luego se largan/con contrato de empresa, que luego se largan
Residentes=los que tenemos estamso aquí por gusto, y no tenemos intención de volver, no hemos asentado, tenemos familias, etc.
@cierzo yo soy residente, y pienso volver a España... xD
@tolousse no te empeñes, que hay gente a quien le cuesta mucho admitir que ha patinado en algo ...
La diferencia en la inscripción en el registro de matricula consular como residente y no residente es simplemente un aspecto administrativo. Hay gente que por X motivo quiere seguir teniendo un lazo ADMINISTRATIVO con España y por eso decide inscribirse como no residente y hay gente que prefiere que ADMINISTRATIVAMENTE hablando todo se realice en el país de destino y por ello se inscribe como residente.
Yo conozco casos de gente con hijos y nietos en el país de destino y que siguen inscritos como No residentes (los antiguos transeuntes) y tan contentos ...
@buchan hahahahahahahahahahah
@tolousse pero eres residente, permanente? de por vida? Porque en mi caso no tengo previsto tener que volver a España.
Otra cosa es que tu planees volver, y estes de paso.
@buchan si ahora te vas a dedicar a seguirme por los hilos, francamente debes de tener mucho tiempo en tus manos.
@cierzo residente o no residente... permanente para mi es que es para siempre, y para siempre solo hay la muerte y los impuestos.
Una cosa: entonces los que están años y años y siguen siendo "no residentes" se tendrán que ir renovando cada año el estatus, porque leí en la normativa que si al año no das razón de si estás o no estas en el país siendo no residente te dan de baja automáticamente del la lista de "no residentes". Y supongo que si te pilla un funcionario que sigue a rajatabla las normas igual te inscribe como "residente" si vas un par de años a inscribirte...
No se, es un lío, porque se ve que luego cada quién aplica la normativa a su aire. Yo pregunté aquí y me dijeron que mientras no me sacara la "resident visa" aquí estaba como no residente y que no hacía falta renovar cada año. Espero que así sea, a ver si estoy tan tranquila y resulta que "no estoy"... :S
@Liutarable eso depende del funcionario de turno, aquí en Angola, con que presentes la copia del pasaporte, rellenes los papeles de la inscripción consular y lo del CERA, una foto, te dan como RESIDENTE. En Cabo Verde, te pedían mas papeles para inscribirte como tal... lo dicho, los funcionarios son de lo peor. Así que a saber...
@Liutorable perdon...
@Liutorable
Antes tenías que estar un año como transeunte para poder pasar a residente. Con la reforma (creo que fue en el 2000) se cambió y ahora la clasificación es residente y no residente, y sí, has de renovar anualmente, y no, no hay obligación de pasar de no residente a residente.
Depende mucho del personal del Consulado, porque algunos prefieren subir el número de residentes para el CERA (al fin y al cabo, ellos reciben presupuesto en función de españoles inscritos en el registro), otros ya tienen mucha colonia Española, en algunos lados está la legislación del país de destino, etc ...
Pues bueno, confío pues en que hagan lo que me dijeron y no me hayan "borrado". Aquí si es verdad que somos pocos y creo yo que por eso lo llevan más controladillo el tema.
Gracias.
Yo creo que en el caso de los que estáis en la comunidad Europea igual no lo necesitáis tanto pero los que estamos lejos sí que es importante y en algunos casos necesarios para muchos trámites. Yo por ejemplo sin estar inscrita no habría podido inscribir a mi hijo que nació aquí.
Aparte para ciertos documentos que necesites legalizar, compulsar...etc. pues esa comodidad que tienes.
Aquí en el consulado de los Angeles hay una funcionaria especialmente agradable y servicial por cierto.