modificación de la ley en relaciÓn directa al e-301.... del 01/05/2010

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Hola, HOY MISMO me han informado (creo que he conseguido la información de muy buena tinta!) acerca de la modificación que se ha producido con el e-301, etc.

La modificación nos afecta desde el pasado 1 de mayo de este año, 2010, por lo que ya no hay que solicitar el e-301 cuando volvamos a España, sino que es el U1

Otro punto importante es que desde este pasado 1 de mayo, a la vuelta del país comunitario a España, NO NECESITAMOS trabajar en España NINgÚN dia; es más, en caso de hacerlo, aunque sea 1 día!!, tomarán AUTOMÁTICAMENTE la base de cotización de ese día para la prestación.

Lo que tenemos que hacer a partir de ahora es:

Apuntarnos al "paro" en los 15 días hábiles siguientes a nuestro regreso a España, tanto si ya tenemos en nuestras manos el U1 como si no.

Una vez lo recibamos, pedir la prestación en España. El tiempo de referencia que hemos cotizado será el tiempo trabajado en el país comunitario correspndiente.

La base de cotización que tomarán será la del salario establecido en España para la categoría profesional en la que hemos trabajado en el país europeo, nunca se toma la base de cotización directa que teníamos en el otro país. Recordemos que los salarios míimos establecidos en cada país varían mucho.

En cuanto a dónde solicitar el U1, creo que donde mejor podemos hacerlo es en el Ministerio de Trabajo e Inmigración o de forma independiente, es decir, por nuestra cuenta.

Espero os sirva todo esto de ayuda y no os pase como a mi, que me he enterado hoy, después de haber esperado a cotizar unos 25 días en España y tener 2 años y medio de England. Al haber cotizado en tiempo parcial, me quedaría una prestación en base SÓLO Y ÚNICAMENTE a la base de cotización de mi contrato aqui, es decir, menos de 200 euros al mes!!!!

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versus
Bandera de Irlanda versus en Dublín, Dublín (Irlanda) - 8 temas y 1158 comentarios

gracias...me quitas un peso de encima...pero no te extrañe q esto vuelva a cambiar y nos lien otra vez a todos

25 Jun 2010 - 01:12
Franzbrötchen
Bandera de Alemania Franzbrötchen en Kiel, schleswig holstein (Alemania) - 28 temas y 379 comentarios

en su momento ya comente ese cambio
ha tener en cuenta esto también el formulario E303 es ahora el U2

25 Jun 2010 - 04:48
Laurilau
Bandera de Francia Laurilau en Saint Claude, Jura (Francia) - 1 temas y 91 comentarios

Qué interesante...porque yo iba a ir mañana a enterarme...entonces no hace falta trabajar en España después? yo tenía entendido que era necesario ya que ,por ejemplo en mi caso, he sido yo la que he dimitido en mi empresa y por tanto, no tendría derecho a paro a no ser que trabajase al menos un día en España a mi vuelta. Que alguien me corrija si me equivoco por favor.
Así que hay que pedir el U1...pues no sé yo si en este pueblo estarán al tanto, que viven 50 años atrasados...
gracias por la información!!!

1 Jul 2010 - 14:36
RafiSpain
Bandera de Reino Unido RafiSpain en Londres, Londres (Reino Unido) - 2 temas y 6 comentarios

según me han informado las cosas han cambiado desde el pasado 1 de mayo del 2010. Ya no hay que cotizar en España. El haberte ido de la empresa n te impide cobrar prestación en España. De todas formas infórmate a ver qué te dicen. Suerte!

2 Jul 2010 - 05:21
Laurilau
Bandera de Francia Laurilau en Saint Claude, Jura (Francia) - 1 temas y 91 comentarios

Ok!!! pues lo preguntaré la semana que viene, a ver si aqui ya se han enterado de la modificación, y ya para ver si tengo que cotizar o no, lo haré cuando esté de vuelta! qué guay porque me evita andar pidiendo favores para que me contraten un mísero día...a ver qué pasa. Gracias!!!

2 Jul 2010 - 17:37
Arrikitaun
Bandera de España Arrikitaun en vitoria, alava (España) - 1 temas y 3 comentarios

Pero que me estais contando!?!?
Pues en el INEM no estan al tanto de esta informacion porque yo llegue de Inglaterra el 2 de Junio ,me di de alta en el paro y me dijeron que tenia que trabajar por lo menos 1 dia en Espania y he tenido que coger un trabajillo de poca monta y ahora mismo todavia en espera del E301.
Buf!

23 Jul 2010 - 06:03
fondista77
Bandera de Reino Unido fondista77 en aviemore, inverness shire (Reino Unido) - 44 temas y 28 comentarios

pero hay que solicitar el U1 en el reino unido?,o con las nominas se puede tramitar todo en españa?

31 Jul 2010 - 15:25
girasolalsol
Bandera de Reino Unido girasolalsol en londres, londres (Reino Unido) - 2 temas y 5 comentarios

estuve googleleando un poquito sobre este tema y encontre esto:

http://www.mtin.es/es/mundo/consejerias/reinoUnido/publicaciones/pdf/des...

por lo que entendi hay distintas opciones en las que se puede cobrar prestaciones por desempleo. corregirme si entendi mal, pero dice algo asi como que puedes acumular lo cotizado entte espanya y reino unido de los ultimos seis anyos+trabajar en espanya al volver y que te despidan o se acabe el contrato. O la opcion en que no tienes que trabajar al volver pero si haber cotizado minimo un anyo en espanya antes de irte.
ups que lio!!!

27 Aug 2010 - 15:21

Atención: Este tema tiene más de 6 meses de antigüedad.