Cambio en la ley de no residentes. Alquileres
Hola,
muchos de vosotros viviis en Europa y teneis un piso alquilado en Espanya. Como sabeis, teneis que pagar el impuesto de no residentes por ese alquiler, que es el 24% del importe integro del alquiler sin poder deducir gastos como intereses, comunidad etc...
Esto va en contra del principio de libertad de movimiento de capitales y personas en la union europea, ya que si vives fuera de Espanya, pagas mucho mas impuestos por ese alquiler. Recordar que si el propietario vive en espanya, se puede deducir todos los gastos, y ademas si el inquilino es menor de 35 anyos, no hay que pagar nada.
Despues de denuncias y amenazas de la union europea, por fin Espanya ha cambiado la ley. Hoy se ha publicado en el BOE:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3366
Buscar las palabras base imponible y vereis que ahora se pueden deducir los gastos. Se aplicaran losmismos criterios que para los residentes.
Extracto del boe:
Tres. Se añade un nuevo apartado 6 al artículo 24 con la siguiente redacción:
«6. Cuando se trate de contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea, se aplicarán las siguientes reglas especiales:
1.ª Para la determinación de la base imponible correspondiente a los rendimientos que obtengan sin mediación de establecimiento permanente, se podrán deducir los gastos previstos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, siempre que el contribuyente acredite que están relacionados directamente con los rendimientos obtenidos en España y que tienen un vínculo económico directo e indisociable con la actividad realizada en España. ""
Asi que bueno, felicidades. Os animo a llamar a Hacienda al 0034 901 33 55 33 y preguntar como será el procedimiento. No se si el formulario actual 215 sigue siendo válido.
Para los que vivais en Alemania os recomiendo tambien tener en cuenta esto:
http://www.steuer-spar-berater.de/?menuID=264&navID=300&softlinkID=11877...
http://www.company-law-germany.com/News/Degressive_Abschreibung__Die_h%C...
Lo de los dos links anteriores yo lo utilizo al hacer mi declarción de renta en Alemania y cuela perfectisimamente.
Saludos
Jesus
Atención: Este tema tiene más de 6 meses de antigüedad.



Buenisíma información. Gracias superjesus!
@superjesus...muchas gracias!! Esto me lo tengo que empapar...pues ya me estaba yo preparando para pagar la dolorosa del 24%!!!
Acabo de llamar a Hacienda...y me ha tocado un chico magisimo!! Aunque tampoco sale tan barato..pero entre el IBI, el impuesto de basuras y la comunidad de vecinos y el seguro de la casa (el obligatorio, el de accidentes)..pues se reduce bastante!!
menuda alegria me acabas de dar muaaaaa!!!! yo tengo casa en espana alquilada y me sangran cada trimestre
Vaya, los españoles que no estamos en la UE a joderse y a seguir pasando por caja. Luego no quieren que me cabree.
esto afecta tambien al alquiler de locales de negocio? ya seria la repera
Hola
He llamado a Hacienda y dos cosas importantes.
1- Se pueden aplicar las deducciones, pero no las reducciones. O sea, podeis desgravar IBI, seguro, intereses de la hipoteca y comunidad, pero si el inquilino es menor de 35 anyos no importa, eso no se tiene en cuenta.
2- Aparte de los gastos, tambien podeis desgravar un 3% del valor del immueble en concepto de amortización. O sea, si el piso os costo 100.000, y 75.000 pertenecen al immueble, 3% de 75.000 = 2250 podeis desgravar por anyo, o sea 562 por trimestre. Yo al menos lo hago por trimestre con el formulario 215.
La comunidad, intereses, etc... y ese 3%, se lo restais a lo que os da el inquilino, y de eso el 24%, la verdad es que ahora ya no sera el palo que metian antes.
@esantander: pues eso, añádele lo del 3% de amortización...
@repeluco: mirate de verdad los dos links esos de alemania, te puedes ahorrar un pasta que no veas en la Steuererklärung.
Saludos
Superjesus
@superjesus...eres lo mas grande!!
Y mi inquilino tambien...porque es mayor de 35!! :-D
Buenísima información! Muchas gracias!
Yo tengo ahora mismo un marrón con la leche está del 24%....Que por ignorancia y mal consejo no sabía nada y ahora me va a tocar pagar un viaje que no veas...pero bueno.
Y una pregunta? Como sabe Hacienda si eres o no residente en España?
@dontopatic..se supone que cuando te vas a vivir al extranjero, te has de registrar en la embajada...entonces es cuando se entera Hacienda...
Gracias esantander...
Yo aún no me he resgistrado (más que nada por pereza de ir a la embajada, no por otra cosa)...Espero que no me vengas a buscar los GEOs por no estarlo ;-)
Odio todos estos papeleos...
Pero gracias pro el feedback!
@ Superjesus:
Hola! muchas gracias por tu informacion, yo he llamado a Hacienda tambien pero no me han sabido informar sobre 2 cosas:
-A partir de cuando se puede aplicar esto: es a partir de ya?
-Yo tengo varias declaraciones trimestrales de estas pendientes porque no sabia que hay que hacerla cada mes o trimestre, con lo que tengo que declarar ahora lo que recibi de alquiler desde Junio de 2009. Podria aplicar el nuevo principio ahora?
- A que te refieres con el valor del inmueble? que es, el valor catastral?
Gracias y un saludo!
@London_Moby, El valor catastral lo puedes encontrar en el recibo del IBI. A me mi dijeron que si lo han revisado hace poco (en Madrid es asi) es el 1.1% y sino el 2%. Si no tienes un recibo del IBI llama al catastro o, si tienes el certificado digital,puedes acceder a los datos de tu piso por internet.
Hola otra vez! He resuelto la primera duda, leyendo despacio el texto del BOE indicado por Jesus, OJO esto tiene efectos desde el dia 1 de enero de 2010 aunque fuera publicado el dia 1 de marzo!! Mirar disposicion cuarta - Entrada en vigor. Osea que si alguno vais con retraso como yo, hacer el descuento a partir del 1 de enero!
OK muchas gracias esantander!!